La Copa del Mundo 2026, próxima a llegar a México como anfitrión, se prepara para tener todos los preparativos para impulsar al país como atractivo turístico. Por ello, el Banco de México (Banxico) emitirá monedas conmemorativas para el Mundial 2026, contando con tres versiones: oro, plata y bimetálicas.
El pasado 6 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con las características de las monedas conmemorativas previo al Mundial FIFA 2026 que se celebrará del 11 de junio al 19 de julio de 2026, con México como uno de los tres países anfitriones, junto con Estados Unidos y Canadá.
Por otra parte, esta será la primera Copa del Mundo en la historia organizada por tres naciones y también marcará un hito para México, al convertirse en el único país en albergar tres ediciones del torneo en 1970, 1986 y ahora 2026.
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México realizará monedas conmemorativas para el Mundial 2026
Según el decreto del Diario Oficial de la Federación, las características de las monedas de la Copa del Mundo, organizadas por México, Estados Unidos y Canadá, de conformidad con el inciso c) del artículo 2°, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, son las siguientes:
- Se establecerán 3 monedas de oro puro, con un valor nominal de 25 pesos, forma circular, diámetro de 23 mm, 0.999 mínimo de oro puro.
- Las tres monedas de plata tendrán un valor nominal de 10 pesos, forma circular, diámetro de 40 mm, 0.999 mínimo de plata pura.
- Las 3 monedas bimetálicas tendrán un valor nominal de 20 pesos, forma dodecagonal y diámetro de 30 mm, compuesta por dos aleaciones, una parte central y su anillo perimétrico.
Por otra parte, refiere que en las 3 versiones tendrán anverso común, al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con leyenda Estados Unidos Mexicanos, formado en semicírculo superior y el reverso, el diseño será el que, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del presente Decreto, determine el Banco de México.
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¿Cuándo saldrán en circulación las monedas?
De acuerdo con el decreto, tras la publicación en el DOF, el Banco de México contará con 90 días hábiles para establecer los diseños de los motivos que contengan en el reverso de cada una de las monedas conmemorativas.
Asimismo, las monedas podrán empezar a acuñarse a partir de los 30 días naturales posteriores a la fecha en la que se determinan los diseños, conforme a lo señalado en el artículo Segundo Transitorio del presente Decreto.
Finalmente, corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que requieran, los cuales deberán ser acordes a las características esenciales de los motivos señalados, y corresponderá a Banxico la titularidad de los derechos patrimoniales de autor y cualquier otro derecho de propiedad intelectual.
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