Ley Home Office queda aprobada: estas son las obligaciones de patrón y empleados

La Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023,Teletrabajo, condiciones de seguridad y salud en el trabajo, mejor conocida como Ley Home Office, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A partir de este 8 de junio, se han oficializado las condiciones que deben cumplir los patrones y los empleados en la modalidad de teletrabajo u home office.

De acuerdo con lo estipulado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), estas son las obligaciones de empleadores y colaboradores durante el trabajo desde casa.

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Estas son las obligaciones del patrón y trabajadores aprobadas en la Ley Home Office

  • Contar con un listado de información del personal que trabaje en home office.
  • Los lugares que el empleado y patrón acuerden para el trabajo deben contar con conexión para acceder a tecnologías de la información, y condiciones de seguridad, iluminación, ventilación y comodidad para el desempeño de las actividades.
  • Los lugares de trabajo deben ser fijos, siempre y cuando cumplan con las condiciones anteriores.
  • Se debe establecer por escrito un contrato de Teletrabajo.
  • Deben realizar una visita al lugar donde se realizará el teletrabajo, con previa autorización del trabajador, para corroborar que sea un espacio óptimo y seguro. En caso de que no cumpla con las condiciones, no se podrá realizar el teletrabajo.
  • Los patrones deben entregar silla ergonómica o apropiada para las actividades e insumos necesarios para el adecuado desempeño de los trabajadores. Además, también deberán entregar aditamentos ergonómicos o posturales, en caso de requerirlos.
  • Los trabajadores tendrán derecho a desconexión al terminar su jornada laboral.
  • No se pueden utilizar mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión del trabajador. En estos queda prohibido el uso de cámaras, micrófonos o herramientas de localización.

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Por otro lado, las obligaciones de los trabajadores son las siguientes:

  • Cumplir con la Política de la Ley home office.
  • Informar por escrito inconvenientes que obstaculicen la realización del teletrabajo-
  • “Resguardar y conservar en buen estado los equipos (incluidos los de cómputo), materiales, útiles y mobiliario ergonómico que, en su caso y de acuerdo con las necesidades de su puesto o actividad, les proporcione el patrón para realizar el Teletrabajo en su lugar de trabajo”, señala el documento.
  • Participar en reuniones presenciales o virtuales organizadas por el patrón o empresa, con el fin de evitar el aislamiento social.
  • Atender políticas de protección de datos.

Puede revisar el decreto completo en este enlace.

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